Las leyes de República Dominicana no distinguen entre posesión de droga para uso personal o para la venta. Así que si eres detenido y te incautan por muy pequeña que sea la cantidad, droga, lo más probable es que esa noche duermas en un calabozo. Desde aquí te aconsejamos que no te acerques a las drogas, ni siquiera a un simple porro, tus vacaciones pueden terminar de una manera que no te esperabas.
Hay cierta clase de gente que se mueve por zonas turísticas, que cuando ven a un extranjero, normalmente de una edad joven, se le acerquen para prestarse a conseguirle cualquier cosa, incluido droga. Lo más sensato si te ocurre es que no aceptes, aunque te den mucha confianza, algunos de ellos se ganan la vida traficando con drogas y a la vez son confidentes de la policía, por lo que lo mas probable que ocurra, es que una vez te hayan vendido la droga se lo comuniquen a la policía para que te detenga y te registren, llevándose así dos cantidades de dinero el tuyo y el de la policia y tu en el mejor de los casos teniendo que pagar una multa económica. Toda clase de droga incluido un «porrillo» te puede hacer pasar un infierno.
En función de la cantidad de droga que se te pueda incautar, la pena puede ser mas o menos dura pero siempre esta penada, con un máximo de 30 años en la cárcel. Cada tipo de droga según sus cantidad pertenece a una categoría y cada categoría tiene una pena asociada, a continuación te lo mostramos.
Ley-50-88-sobre Drogas y Sustancias Controladas >PDF
Tipo de droga >
Tipo de droga
Marihuana
Categoría 1: posesión 20 gr. o menos
Categoría 2: distribuidor o vendedor de más de 20 gr. y menos de 1 libra
Categoría 3: traficante 1 libra o más
Hachís
Categoría 1: posesión de menos de 5 gr.
Categoría 2: distribuidor/vendedor de más de 5 gr. y menos de 1/4 de libra
Categoría 3: traficante de más de 1/4 de libra
Cocaína y éxtasis
Categoría 1: posesión de menos de 1 gr.
Categoría 2: distribuidor/vendedor de más de 1 gr y menos de 5 gr.
Categoría 3: traficantes 5 gr. o más
LSD o cualquier otra sustancia alucinógena como puede ser el opio y sus derivados sin importar la cantidad que se incauta, a la persona que este en posesión de ellas se le califica como traficante, categoría 4.
Penas
Categoría 1
Mínimo: 6 meses de cárcel y 1500 pesos de multa
Máximo: 2 años de cárcel y 2500 pesos
Categoría 2
Mínimo: 3 años de cárcel y 10000 pesos de multa
Máximo: 10 años de cárcel y 50000 pesos de multa
Categoría 3
Mínimo: 5 años de cárcel y más de 50000 pesos de multa
Máximo: 20 años de cárcel y más de 50000 pesos de multa
Categoría 4
Única pena: 30 años de cárcel y una multa mínima de 1000000 de pesos.
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